Página 106 - LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL POR EMPRESAS PRIVADAS

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Kontsumitzaileen eta erabiltzaileen eskubideak
Los derechos de las personas consumidoras y usuarias
El análisis que se ofrece en esta ponencia se basa en la experiencia en el
tratamiento de las consultas y reclamaciones que se reciben en la Oficina de
Información a la persona consumidora de Barakaldo. Casi
3.000
consultas
y más de
1.500
reclamaciones
es un número suficiente para tener valor
estadístico por sí mismo. Es muy probable que las estadísticas que se
manejan en esta exposición se puedan extrapolar a la CAE e incluso al Estado.
Instrumentos de prevención de conflictos de consumo
La persona consumidora tiene el derecho a estar debidamente informada en el
ejercicio de la compra de bienes y la contratación de servicios y precisamente
la vulneración de este derecho es la razón fundamental de la mayoría de los
conflictos. Este derecho está recogido en el artículo 51 de la Constitución,
el Real Decreto Ley 1/2007 y en la Ley 6/2003 del Estatuto de las personas
consumidoras de Euskadi.
CAPÍTULO III
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA
POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA
Artículo 51.
Los poderes públicos promo­
verán la
información
y la educación de las
personas consumidoras y usuarias, fomen­
tarán sus organizaciones y oirán a éstas en
las cuestiones que puedan afectar a aquéllos,
en los términos que la ley establezca.
La Constitución de 1978
CAPÍTULO IV
DERECHO A LA INFORMACIÓN
Artículo 21.
Las oficinas de información
a las personas consumidoras y usuarias
podrán asumir las siguientes funciones:
Informar
,
ayudar y orientar a las per­
sonas consumidoras y usuarias para el
adecuado ejercicio de sus derechos, así
como mediar en las reclamaciones de
consumo dentro de su ámbito territorial
de actuación.
Realizar campañas informativas tenden­
tes a conseguir un mejor conocimiento
por parte de las personas consumidoras
y usuarias en relación con sus derechos
y obligaciones, así como desarrollar pro­
gramas dirigidos a mejorar el nivel de
educación específica y formación de las
mismas.
Ley 6/2003, de 22 de diciembre,
de Estatuto de las Personas
Consumidoras y Usuarias
CAPÍTULO II
DONDE SE REGULAN LOS DERECHOS
BÁSICOS DE LAS PERSONAS CONSUMI­
DORAS Y USUARIAS
Artículo 8.
Son derechos básicos de los
consumidores y usuarios: La
información
correcta sobre los diferentes bienes o ser­
vicios y la educación y divulgación para
facilitar el conocimiento sobre su adecuado
uso, consumo o disfrute.
Real Decreto Legislativo 1/2007