Página 113 - LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL POR EMPRESAS PRIVADAS

113
Control de la Administración y buenas prácticas en materia de consumo
Mediación
LaUnionEuropea trata de impulsar desdehace años la búsqueda demétodos alternativos
a la vía judicial para la resolución de conflictos de diversa índole, mediaciones familiares,
mediación en comunidades de vecinos y mediación de consumo.
CAPÍTULO III
DERECHO A LA PROTECCIÓN JURÍDICAY A LA REPARACIÓN DE DAÑOS
Artículo 12. Mediación
1.
Las Administraciones públicas de Euskadi propiciarán, en colaboración con las asociaciones
de personas consumidoras y usuarias, la disponibilidad para las personas consumidoras y
usuarias, así como para los profesionales y empresarios o empresarias, de sistemas operativos
de resolución voluntaria de conflictos y reclamaciones en materia de consumo.
2.
Reglamentariamente se regulará el procedimiento administrativo de tramitación de las
denuncias y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias presentadas ante las
Administraciones públicas con competencias en materia de consumo contra empresas y
profesionales, sin perjuicio de las actuaciones de inspección y sanción que correspondan. El
procedimiento será voluntario para las partes, y se garantizará la atención de todas aquellas
reclamaciones recibidas en cualquier soporte duradero que permita la identificación de la
persona o personas reclamantes.
Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias
El objetivo es crear mecanismos para que la vía judicial sea el último recurso
puesto que es caro y lento. En este contexto el objetivo del trabajo demediación
de la OMIC es buscar una solución satisfactoria para las dos partes. En el
Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de Euskadi se contempla
la mediación pero el método de resolución no está regulado y eso permite a
las técnicas y técnicos de consumo utilizar todos los medios a su alcance para
buscar la mejor solución para las partes enfrentadas. Reuniones con cada
parte o con las dos partes, fax, correo electrónico, cartas, conversaciones
telefónicas y todo lo que sirva para encontrar una solución.
El éxito de estos trámites dependen en una gran parte de la formación de
los técnicos y técnicas y sobre todo tener una buena red de que permita una
interlocución de calidad con la parte empresarial, con los responsables del
departamento de reclamaciones.
Asesoramiento para todos y todas
La parte empresarial es parte del conflicto y también debe ser parte de la solución.
Fruto de esta reflexión la OMIC organizó unas jornadas con empresas y comercios