los marcos estratégicos
11
que se aborden), el libre acceso
a la información y la posibilidad de acceder a contenidos
adaptados a las características diferenciales de las perso-
nas. Así, desde todos los niveles políticos se promueven y
desarrollan acciones orientadas a incrementar las posibili-
dades de acceso de
toda la población
a la sociedad de la
información.
Un ejemplo es el hecho de que varias son las disposiciones
y recomendaciones de la Comisión Europea
12
en relación
con el planteamiento de un enfoque común materia de ac-
cesibilidad (electrónica o web) o de equidad en el acceso a
infraestructuras, dispositivos, productos y servicios (desde
la e-administración al e-business).
En particular, en relación con el cumplimiento de las pautas
de accesibilidad web debe tenerse en cuenta que supone un
gran número de ventajas tanto para el propio individuo que
accede a los contenidos web como para las organizaciones
(
o empresas) que desarrollan sus espacios web de acuerdo
a estos estándares (para más información véase la WAI del
W3C
13
).
Así, entendemos en el presente informe extraordinario que
la inclusión digital tiene valor por sí misma, por cuanto que
posibilita que la población forme parte de la sociedad de la
información, iguala a los individuos en sus condiciones de
acceso y participación en la vida social y política a través
de las tecnologías, es decir, se encuentra en la base de la
aplicación de principios de justicia social y se constituye
como garante de la equidad en la sociedad del conoci-
miento.
La inclusión digital es la democratización del acceso a
las tecnologías de la información y la comunicación para
permitir la inserción de todos en la sociedad de la infor-
mación. La inclusión digital es también la rutina diaria
para maximizar el tiempo y sus posibilidades. Un incluido
digital no es aquél que solamente usa el nuevo lenguaje
para intercambiar emails, esto es el mundo digital. Sino
el que usufructúa este soporte para mejorar sus condi-
ciones de vida y puede tener una postura crítica frente
a los criterios que definen las tecnologías como una pa-
nacea social
14
.
Precisamente porque la e-inclusión se constituye como un
pre-requisito para la participación
15
debemos explicitar cuál
es el concepto de e-participación que se aborda en el pre-
sente informe.
11
Pilar 4 “Very Fast Internet” de la ADE; eje 1 “Infraestructu-
ras” del Plan Avanza2 y la iniciativa “Infoestructuras” de la
AD@15.
12
Ejemplo:
• 
Hacia una sociedad de la información
accesible
.
• 
eEurope 2002: Accesibilidad de los
sitios web públicos y de su contenido.
13
Web Accessibility Initiative (WAI), especialmente la sección
destinada al
.
14
:
inclusión digital.
15
En el documento
Information and communi-
cation technology for an inclusive society – Frequently asked
questions se cita, literalmente, Easy access to (ICT) is a pre-
requisite for participation.
Una gobernanza inclusiva sitúa su piedra angular en la pro-
moción de la participación de los ciudadanos
16
.
Se trata de
facilitar que los ciudadanos tengan acceso a la información
y a los servicios públicos pero, al mismo tiempo, que pue-
dan participar en la toma de decisiones públicas que afecten
tanto al bienestar de la sociedad en general como al del indi-
viduo de forma particular.
La e-participación comprende, entonces, tanto la acción
gubernamental para potenciar y fomentar esa participación
como la voluntad y la capacidad de la ciudadanía para ha-
cerlo (su e-inclusión). Aunque no debe restringirse a los ser-
vicios G2C (Government to Citizen) si debe tener muy pre-
sente que la
participación es un derecho
de la ciudadanía.
En este sentido, baste una somera revisión de la normati-
va al respecto (véase capítulo “Marco normativo” de este
mismo informe) para saber cómo se ha regulado este dere-
cho de participación
en los diferentes contextos políticos.
La conclusión que se evidencia, de igual modo que en el
artículo
del profesor Etxebarria
(
publicada en
El Correo
y en
El Diario Vasco
, 10
de diciem-
bre de 2011) o en la
del Ararteko,
es la falta de regulación sobre el derecho (y/o el deber) a
participar en la vida pública más allá de las posibilidades de
ser elegido como representante público o la de elegir a los
representantes públicos.
No se entrará en este informe a dilucidar hasta qué punto la
participación, de forma genérica (sin “e”), debe ser conside-
rada un deber de la ciudadanía. Pero sí hemos de contem-
plar el deber de los gobiernos de facilitar que la totalidad de
los individuos participen, si lo desean, que puedan ejercer
ese derecho y no solo en aquellas partes de la vida pública
que, en cada momento determinado, se establezcan des-
de el gobierno (volviendo al G2C) sino también en aquellas
otras en las que, respondiendo, especialmente al interés
común
17
,
la ciudadanía promueva la inclusión de iniciativas
gubernamentales, inste a los gobiernos a plantearse actua-
ciones hasta el momento no abordadas, etc. (asumiendo un
papel activo en modalidad C2G –Citizen to Government–).
Tradicionalmente, las iniciativas en e-participación han
sido iniciadas por los gobiernos, pero en los últimos años
la ciudadanía o los grupos organizados de ciudadanos (y
ciudadanas) han lanzado un número creciente (de ellas).
Traducción propia a partir de
Europe’s Digital Competitiveness Report (2010)
18
16
United Nations e-Government Development Database. UN
Public Administration Programme. e-Participation
.
17
Si en sus orígenes el ámbito de expresión del derecho a la
participación se ciñó a la vida política en su sentido más pre-
ciso (estructuras del Estado y partidos políticos), hoy somos
conscientes de que en la sociedad civil a través de sus orga-
nizaciones, e incluso espontáneamente en momentos socia-
les cargados de intensidad, se pueden tener también firmes
participaciones públicas, valiosas cuando se sitúan en ese
horizonte del bien público.
Etxebarría, X.
en
El Correo
y en
El Diario Vasco
, 10
de diciembre
de 2011.
18
Capítulo 5. “
Online
Public Services”. Apartado 1.5. e-Govern-
ment. e-Participation, European Union, 2010.
45
E-
inclusión
y
participación
ciudadana
en
las
esferas
social
y
pública
a
través
de
las
TIC
en
E
uskadi
II
(
I I ) . 6 .
E n f o q u e t e ó r i c o y c o n c e p t u a l d e l a e - i n c l u s i ó n y l a e - pa r t i c i pa c i ó n
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