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  • El ararteko Manuel Lezertua ha comparecido ante la Comisión de Instituciones, Gobernanza Pública y Seguridad del Parlamento Vasco para realizar aportaciones en relación con el proyecto de ley de transparencia de Euskadi

    INTERVENCIÓN DEL ARARTEKO

    Vitoria-Gasteiz, 21 de mayo de 2025

  • Una ciudadana solicitó al Departamento de Cuidados y Políticas Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa acceso a datos relativos a su bisabuelo, niño expósito acogido en una institución benéfica y nacido en el siglo XIX. Su primera petición, en 2023, fue denegada por no cumplir los requisitos previstos en la normativa sobre acceso a los orígenes biológicos. En una segunda solicitud, la interesada alegó un interés legítimo y se apoyó en un artículo de la derogada Ley de Atención y Protección a la Infancia. La administración volvió a denegar el acceso, esta vez mediante una comunicación sin forma de resolución ni indicación de recursos.

    A raíz de la queja recibida, el Ararteko solicitó información a la Diputación anticipando los argumentos expuestos en una resolución dictada en un caso análogo. La Diputación reiteró que no concurrían novedades normativas o fácticas que justificaran un nuevo pronunciamiento y mantuvo que la normativa sobre acceso a los orígenes biológicos seguía sin resultar aplicable. Añadió que la nueva Ley 2/2024, aunque aún no en vigor en la fecha de la solicitud, confirmaría que este derecho corresponde únicamente a las personas adoptadas, no a sus descendientes.

    En su resolución, el Ararteko considera que la solicitud debe analizarse conforme a un marco normativo distinto. Distingue entre el régimen de protección de datos y de acceso a los orígenes biológicos, por un lado, y el régimen general de acceso a documentos de valor histórico, por otro. Dado que la persona a la que se refiere la solicitud nació hace más de 140 años, puede presumirse su fallecimiento, y el valor histórico de los documentos conservados por la administración conduce a aplicar la normativa específica sobre patrimonio documental.

    En este sentido, se alude a la Ley 5/2022, de Gestión Documental Integral y Patrimonio Documental de Euskadi, que establece que los documentos de titularidad pública con más de cincuenta años de antigüedad forman parte del patrimonio documental y deben conservarse y ser accesibles según lo previsto en dicha norma.

    El derecho de acceso a esta documentación no exige acreditar un interés personal, no está condicionado a motivación alguna y solo puede restringirse en supuestos expresamente previstos, como la presencia de datos especialmente protegidos de personas fallecidas hace menos de 25 años o información clasificada, comercialmente sensible o que afecte a la intimidad.

    En suma, la resolución señala que, cuando la documentación fue generada hace más de 140 años y se conserva en poder de una administración pública, debe estar sometida al régimen de conservación, gestión y acceso previsto en la normativa archivística.

    Además, el Ararteko plantea que esta documentación, por su antigüedad, podría no corresponder ya al Departamento de Cuidados y Políticas Sociales, sino que debería haber sido transferida al archivo histórico competente, cuya gestión y custodia recaería en el Departamento de Cultura, de acuerdo con el ciclo de vida documental previsto en la normativa foral. En este sentido, sugiere valorar la intervención de la Comisión Foral de Evaluación y Selección de Documentación para determinar si procede su conservación permanente o su eliminación, en función de su valor histórico.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 20 de mayo de 2025

  • El 7 de mayo, dos técnicas de infancia e igualdad del Ararteko acudieron al colegio La Salle de Irun para presentar el estudio del Ararteko “Actitudes machistas entre la población adolescente y joven de Euskadi” a un grupo de alumnos y alumnas de bachillerato. La presencia del Ararteko en el colegio respondía a la solicitud recibida directamente de una parte del alumnado que, en el marco de un proyecto para reflexionar sobre respuestas a problemas que afectan a nuestra sociedad, habían transmitido al Ararteko su deseo de que la institución presentara su labor en materia de igualdad de las mujeres y hombres, con un enfoque de derechos humanos. 

    La charla del Ararteko se centró en compartir los principales hallazgos y recomendaciones del estudio en clave de defensa de la igualdad de mujeres y hombres y lucha contra la discriminación. En todo caso, la ocasión también sirvió para dar a conocer el trabajo de la institución del Ararteko entre la juventud y sensibilizar al alumnado sobre los derechos que tienen reconocidos como personas adolescentes y la importancia de su ejercicio. 

  • El ararteko Manuel Lezertua, el defensor del pueblo de Navarra, el defensor del pueblo andaluz, la diputada del común de Canarias y la síndica de greuges de Catalunya han firmado un acuerdo...
  • El Ararteko ha recomendado al Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Álava que elimine la obligatoriedad de utilizar un programa informático específico para confeccionar autoliquidaciones del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados cuando la presentación se realiza de forma presencial. Esta recomendación parte de la queja de un ciudadano que, al no disponer de conocimientos informáticos ni recursos técnicos, no pudo completar el trámite sin asistencia suficiente por parte de la Administración.

    El Ararteko considera que imponer el uso exclusivo de una herramienta digital en trámites presenciales vulnera el derecho de las personas físicas a elegir el canal de relación con la administración. Además, advierte que una orden foral no puede restringir derechos sin una habilitación legal expresa, y que las administraciones deben justificar con criterios objetivos y verificables cualquier obligación de usar medios electrónicos.

    En el caso analizado, el ciudadano se vio forzado a instalar un programa informático en su propio ordenador o a utilizar un equipo público sin asistencia personalizada, lo que llevó al Ararteko a concluir que no se garantizaron condiciones de accesibilidad adecuadas. En la resolución invoca también el principio de buena administración y advierte sobre los efectos discriminatorios de la brecha digital, si no se ofrecen alternativas accesibles ni soporte suficiente.

    El Ararteko insiste en la necesidad de que las administraciones públicas coloquen a la ciudadanía en el centro de sus modelos de atención, asegurando tanto canales presenciales como digitales que respeten los principios de legalidad, accesibilidad, gratuidad y no discriminación. El Ararteko recuerda que muchas personas, especialmente mayores o con escasa formación digital, pueden verse excluidas si no se contemplan sus necesidades específicas.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 14 de mayo de 2025

  • El ararteko Manuel Lezertua ha comparecido a petición de la Comisión para exponer su análisis sobre las quejas u otras investigaciones de oficio del funcionamiento del Gobierno Vasco y del conjunto de las administraciones vascas en materia de vivienda en los años 2022, 2023 y 2024.

     

    INTERVENCIÓN DEL ARARTEKO

  • Por motivos de organización interna, el miércoles 7 de mayo de 2025, la oficina de Vitoria/Gasteiz permanecerá cerrada desde las 10:00 am y las oficinas de Bilbao y Donostia/San Sebastián permanecerán cerradas...
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El Ararteko concluye un expediente en materia de discriminación racial realizando un círculo restaurativo

La organización social Zehar-Errefuxiatuekin informó al Ararteko de un episodio que tuvo lugar en septiembre de 2023 en un local de ocio nocturno de Vitoria-Gasteiz, donde, según su relato, denegaron la entrada a tres chicos de origen senegalés. En aquel momento realizaron un intento de denuncia formal ante la Ertzaintza, que no dio lugar, al parecer, a la apertura de atestado o investigación alguna.

Zehar-Errefuxiatuekin forma parte de la red Eraberean, para la igualdad de trato y no discriminación promovida por el Gobierno Vasco, que fue debidamente informada del incidente. Su Comisión Jurídica acordó formular denuncia y personarse en el procedimiento judicial, al considerar que se había producido una discriminación por razón de origen racial o étnico.

En coordinación con ACCEM, organización que trabaja para mejorar la calidad de vida de las personas refugiadas y migrantes, se organizaron varias acciones de denuncia, lo que llevó al propietario del local a ponerse en contacto con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y a solicitar el amparo del Servicio de Igualdad y del Servicio para la Convivencia y la Diversidad. Asimismo, amenazó con presentar una denuncia por difamación e injurias. En consecuencia, la representante de la red Eraberean entró en contacto con el propietario del local.

Las acciones de denuncia del incidente tuvieron una importante difusión y eco social ante una percepción bastante extendida acerca de la existencia de conductas discriminatorias reiteradas en ciertos establecimientos de ocio que, al parecer, afectaban a personas afrodescendientes. Por ello, se multiplicaron los gestos de solidaridad y se puso en marcha una iniciativa vecinal de denuncia y apoyo denominada “Derechos sin reservas”.

Paralelamente, Eraberean acordó acudir a una estrategia restaurativa, por lo que presentó una solicitud ante la institución del Ararteko para que valorase la posibilidad de intervenir para facilitar algún tipo de diálogo entre las partes, teniendo en cuenta que se trataba de un problema extendido en la ciudad que afectaba a la convivencia.

El Ararteko aceptó intervenir y propuso a las partes afectadas la realización de un círculo restaurativo.

El objetivo principal del círculo restaurativo es generar un espacio seguro de empatía, escucha activa y confianza entre todos los intervinientes y, especialmente, para las personas que se han sentido perjudicadas. En definitiva, la escucha sin juicio y con empatía. Propone abordar el conflicto con un nuevo enfoque, para dar respuesta a la lesión de un daño, devolviendo el papel protagonista del conflicto a las partes y la comunidad, asistidos por profesionales (mediadores).

Para ello, se organizó un círculo restaurativo en la sede el Ararteko, en el que las personas afectadas por el episodio discriminatorio y el resto de participantes pudieron hablar sin restricciones y llegar a acuerdos para que situaciones como ésta no vuelvan a suceder en el futuro.

En definitiva, el desarrollo de las prácticas restaurativas permite dar respuesta, de manera complementaria, a las personas víctimas de daños y conflictos diversos (vecinales, discriminatorios, sociales…) que, hasta ahora, solamente podían acudir a los procedimientos judiciales y administrativos.

RESOLUCIÓN

 

Vitoria-Gasteiz, 1 de julio de 2024