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  • El 7 de mayo, dos técnicas de infancia e igualdad del Ararteko acudieron al colegio La Salle de Irun para presentar el estudio del Ararteko “Actitudes machistas entre la población adolescente y joven de Euskadi” a un grupo de alumnos y alumnas de bachillerato. La presencia del Ararteko en el colegio respondía a la solicitud recibida directamente de una parte del alumnado que, en el marco de un proyecto para reflexionar sobre respuestas a problemas que afectan a nuestra sociedad, habían transmitido al Ararteko su deseo de que la institución presentara su labor en materia de igualdad de las mujeres y hombres, con un enfoque de derechos humanos. 

    La charla del Ararteko se centró en compartir los principales hallazgos y recomendaciones del estudio en clave de defensa de la igualdad de mujeres y hombres y lucha contra la discriminación. En todo caso, la ocasión también sirvió para dar a conocer el trabajo de la institución del Ararteko entre la juventud y sensibilizar al alumnado sobre los derechos que tienen reconocidos como personas adolescentes y la importancia de su ejercicio. 

  • El ararteko Manuel Lezertua, el defensor del pueblo de Navarra, el defensor del pueblo andaluz, la diputada del común de Canarias y la síndica de greuges de Catalunya han firmado un acuerdo...
  • El Ararteko ha recomendado al Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Álava que elimine la obligatoriedad de utilizar un programa informático específico para confeccionar autoliquidaciones del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados cuando la presentación se realiza de forma presencial. Esta recomendación parte de la queja de un ciudadano que, al no disponer de conocimientos informáticos ni recursos técnicos, no pudo completar el trámite sin asistencia suficiente por parte de la Administración.

    El Ararteko considera que imponer el uso exclusivo de una herramienta digital en trámites presenciales vulnera el derecho de las personas físicas a elegir el canal de relación con la administración. Además, advierte que una orden foral no puede restringir derechos sin una habilitación legal expresa, y que las administraciones deben justificar con criterios objetivos y verificables cualquier obligación de usar medios electrónicos.

    En el caso analizado, el ciudadano se vio forzado a instalar un programa informático en su propio ordenador o a utilizar un equipo público sin asistencia personalizada, lo que llevó al Ararteko a concluir que no se garantizaron condiciones de accesibilidad adecuadas. En la resolución invoca también el principio de buena administración y advierte sobre los efectos discriminatorios de la brecha digital, si no se ofrecen alternativas accesibles ni soporte suficiente.

    El Ararteko insiste en la necesidad de que las administraciones públicas coloquen a la ciudadanía en el centro de sus modelos de atención, asegurando tanto canales presenciales como digitales que respeten los principios de legalidad, accesibilidad, gratuidad y no discriminación. El Ararteko recuerda que muchas personas, especialmente mayores o con escasa formación digital, pueden verse excluidas si no se contemplan sus necesidades específicas.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 14 de mayo de 2025

  • El ararteko Manuel Lezertua ha comparecido a petición de la Comisión para exponer su análisis sobre las quejas u otras investigaciones de oficio del funcionamiento del Gobierno Vasco y del conjunto de las administraciones vascas en materia de vivienda en los años 2022, 2023 y 2024.

     

    INTERVENCIÓN DEL ARARTEKO

  • Por motivos de organización interna, el miércoles 7 de mayo de 2025, la oficina de Vitoria/Gasteiz permanecerá cerrada desde las 10:00 am y las oficinas de Bilbao y Donostia/San Sebastián permanecerán cerradas...
  • La comunidad de propietarios de un edificio en Getxo presentó una queja al Ararteko, en la que denunció la falta de impulso de un expediente incoado para restablecer la legalidad urbanística en un local habilitado como vivienda sin la correspondiente licencia.

    Tras analizar el caso, el Ararteko recomendó al Ayuntamiento de Getxo que agilizase la tramitación de ese procedimiento administrativo.

    En respuesta a esta recomendación la alcaldesa de Getxo ha remitido al Ararteko un informe elaborado por el técnico de Administración General del Área de Urbanismo, Infraestructuras, Edificios Municipales y Obras. En dicho informe se indica que, siguiendo la recomendación del Ararteko, se está impulsando de oficio y sin dilaciones injustificadas el procedimiento administrativo correspondiente al expediente para restablecer la legalidad urbanística del local en cuestión.

    A la vista de la respuesta positiva del Ayuntamiento de Getxo y la confirmación de que el procedimiento continúa de oficio con el fin de restablecer la legalidad urbanística, el Ararteko ha considerado aceptada su recomendación y, por tanto, concluye su intervención en este caso.

    Vitoria-Gasteiz, 11 de abril de 2025

  • El Ararteko consideró que los protocolos aprobados por las delegaciones territoriales de salud para la derivación de pacientes a la unidad concertada de daño cerebral adquirido del hospital Aita Menni de Arrasate...
Vitoria-Gasteiz
Ararteko

El Ararteko recomienda a la Diputación de Gipuzkoa que tramite el derecho de acceso a datos históricos

Le pide que lo haga mediante una resolución motivada que pondere y valore su interés de acuerdo con las normas vigentes en materia de acceso a archivos y registros públicos y de patrimonio histórico y documental

Una ciudadana solicitó la tutela del Ararteko con objeto de recabar ayuda y orientación que le permitiera acceder a datos de origen biológico de su padre fallecido. 

El padre de la reclamante fue adoptado en el orfanato de Zizurkil en 1922. De este modo, quien pretendía el acceso a datos de su abuela paterna era la promotora de la queja. Su padre ya falleció en 2016 y se presume el fallecimiento de la abuela, dado el tiempo transcurrido, más de 100 años desde el prohijamiento. 

La reclamante trató de conocer esa información en 2016 pero se le denegó, recurrió y ante la denegación del derecho, ya en vía judicial, el contencioso, le dio la razón a la administración.

En 2023 nuevamente planteó una petición de acceso. El Departamento de Cuidados y Políticas Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa le indicó que esa pretensión ya se resolvió anteriormente, que existía sentencia firme dictada en 2018 que impedía a la administración tomar otra decisión, porque consideraba que no se habían producido novedades legislativas.

En ese contexto, el Ararteko señala en la recomendación que el derecho de acceso al origen biológico no resultaría aplicable a la promotora de la queja.

Sin embargo, el Ararteko razona que el derecho a conocer la información pretendida debe valorarse de acuerdo con las reglas del acceso a archivos y registros públicos y, además, de la normativa de patrimonio histórico y documental, ya que, si la información se conserva, es porque tiene un valor histórico y, por lo tanto, la denegación del acceso sin utilizar criterios de ponderación previstos en esa normativa quizá no es ajustada a derecho. 

En ese supuesto, el Ararteko añade en la recomendación que la tramitación y atención del acceso pretendido le correspondería al Departamento de Cultura, competente en materia de archivo histórico. De esa manera, el Departamento de Cuidados y Políticas Sociales trataría expedientes de adopción cuya información se encuentra “viva”, pero aquellos documentos que, en apariencia, tienen valor histórico, dado el tiempo transcurrido (100 años), deberían obrar en poder del Departamento de Cultura y del archivo histórico de Gipuzkoa.

RESOLUCIÓN

Vitoria-Gasteiz, 6 de mayo de 2024