El mecanismo de control de los derechos sociales y laborales de la Carta Social Europea toma impulso

Hoy entra en vigor en España el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea (revisada) que establece un sistema de reclamaciones colectivas ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa. De esta manera, se da por concluida la aplicación provisional que venía haciendo España de este protocolo desde el 1 de julio de 2021. Dicha provisionalidad no ha sido obstáculo para que el pasado marzo se planteara la primera reclamación colectiva contra España con motivo de la falta de suministro eléctrico que afectaba a muchas personas que habitan en el barrio de la Cañada Real Galiana de Madrid.

Como comentábamos anteriormente, la Carta Social Europea (revisada) (CSER) es el tratado internacional más completo sobre derechos humanos en el ámbito laboral y social. Entre los 31 derechos proclamados por la CSER, se encuentran el derecho al trabajo, a condiciones laborales justas, a la negociación colectiva, a la salud, a la seguridad social, a la asistencia social, a la protección frente a la pobreza y la exclusión social, y a la vivienda. También tiene artículos dedicados especialmente a la protección de la infancia y personas con discapacidad. Desde que en julio de 2021 entrara en vigor la CSER en todo el Estado, la aplicabilidad de los derechos que contiene se extiende a las administraciones de la Comunidad Autónoma Vasca, que tienen el deber de cumplir con su contenido.

El sistema de reclamaciones colectivas que entra en vigor supone el impulso definitivo a la aplicación efectiva de los derechos garantizados por la CSER. Los sindicatos, las organizaciones empresariales y las ONGs (todas ellas tanto del ámbito nacional como internacional) pueden presentar reclamaciones colectivas ante el Comité Europeo de Derechos Sociales contra España por incumplimiento de dichos derechos.

La reciente decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales en el caso de la Cañada Real Galiana de Madrid, al que nos referimos líneas atrás, demuestra el potencial efectivo de las reclamaciones colectivas, al instar a España a restablecer de inmediato el suministro eléctrico para evitar un daño grave e irreparable a la integridad las personas que viven en dicho barrio de Madrid. El Comité argumenta la necesidad de “medidas inmediatas” para garantizar el acceso a la electricidad y la calefacción, teniendo en cuenta en particular las necesidades de los grupos vulnerables y, cuando ello no fuera posible, ofrecer un alojamiento alternativo adecuado. El Comité se asegura el seguimiento de lo anterior instando a España a informarle sobre cómo va a implementar estas medidas antes del 15 de diciembre.  

Esta decisión se da en el marco de la admisión a trámite por parte del Comité de la primera reclamación colectiva planteada contra España por cinco organizaciones demandantes. La reclamación plantea el incumplimiento de España de hasta un total de diez derechos protegidos por la CSER, entre ellos el derecho a la vivienda; a la salud; a la protección social, jurídica y económica de niños, niñas y jóvenes;  a la protección social de las personas de edad avanzada; y a la independencia, integración social y participación en la vida de la comunidad de las personas con discapacidad; todo ello junto con la provisión que garantiza el disfrute de los derechos sin discriminación.  

De esta manera, el sistema de reclamaciones colectivas refuerza definitivamente el sistema de control del cumplimiento del Estado de los derechos contenidos en la CSER, previamente relegada a los informes periódicos que emite el Comité Europeo de Derechos Sociales para evaluar la compatibilidad de la legislación y las políticas del Estado con los derechos amparados por la CSER. Al sistema de control se ha añadido recientemente un nuevo proceso de informes ad hoc para abordar cuestiones críticas o emergentes, entre otros cambios.