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  • A un ciudadano se le impidió realizar un trámite relacionado con la declaración de la renta por no tener cita previa, además de no recibir respuesta a su reclamación inicial. 

    El Ararteko considera que la imposición de la cita previa obligatoria no se encuentra justificada en términos de interés general ni se sustenta en fundamentos jurídicos claros, y puede limitar el derecho de la ciudadanía a relacionarse con la administración de forma presencial. 

    Por ello, esta institución ha emitido una recomendación dirigida al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia para que elimine la obligatoriedad de la cita previa en la atención presencial para cualquier trámite, especialmente en aquellos relacionados con la función de registro administrativo.

    El Ararteko recomienda que el sistema de cita previa sea opcional y se informe públicamente sobre su disponibilidad, asegurando su uso para trámites que requieran asesoramiento especializado, pero sin obstaculizar el acceso presencial a los servicios públicos. Esta medida busca garantizar el respeto a los principios de igualdad, proximidad y buen servicio público.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 4 de diciembre de 2024

  • El ararteko Manuel Lezertua ha intervenido en la sesión técnica del Congreso Nacional de Medio Ambiente (CONAMA 2024) sobre Estrategias urbanas para garantizar el derecho a la movilidad. Su intervención, centrada en la mesa de debate “La movilidad en disputa: Del concepto de movilidad al derecho a la movilidad” ha puesto de relieve el marco de protección del derecho a la movilidad urbana sostenible y las obligaciones de los poderes públicos en su promoción.

    En su presentación, Lezertua ha destacado la importancia de abordar la movilidad sostenible no solo desde una perspectiva normativa, sino también desde la vivencia diaria de la ciudadanía. "Esta cuestión me preocupa y me concierne, tanto como ararteko como ciudadano, y en ocasiones, como ciclista" ha señalado.

    El ararteko ha compartido las principales conclusiones de la Recomendación general para la mejora de la regulación de las zonas de bajas emisiones en Euskadi, documento que constituye una de las principales aportaciones de la institución en este ámbito. Este esfuerzo se complementó con un foro organizado por el Ararteko, donde instituciones, personas expertas y ciudadanía debatieron conjuntamente los retos y oportunidades de la movilidad sostenible en Euskadi.

    Lezertua ha subrayado el papel crucial de la participación ciudadana en la construcción de estrategias efectivas y equitativas de movilidad sostenible para avanzar en la protección del derecho a la movilidad sostenible y a la libre elección de los medios de transporte recogidos en la Ley de Movilidad Sostenible aprobada por el Parlamento Vasco en el año 2023. 

    Ha explicado, también, que el derecho a la movilidad sostenible conlleva un cambio de paradigma: del derecho a la libertad de desplazarse, eligiendo para ello el modo más conveniente para cada uno, a un derecho a promover que las personas se desplacen de un modo que resulte, social y medioambientalmente, sostenible. 

    El Congreso Nacional de Medio Ambiente, que se celebra cada dos años, es un referente en el ámbito de la sostenibilidad ambiental en España. La participación del Ararteko refuerza el compromiso de Euskadi con el desarrollo de políticas públicas de movilidad sostenibles, inclusivas y centradas en el bienestar de la ciudadanía.

    INTERVENCIÓN DEL ARARTEKO

    Vitoria-Gasteiz, 4 de diciembre de 2024

  • El Ararteko condena con profundo dolor y consternación el atroz asesinato machista contra Leonor, cuya vida le ha arrebatado su expareja a tiros este viernes en su domicilio de Pasai Antxo. 

    Este crimen del machismo nos interpela como sociedad y nos exige a todas las instituciones una seria revisión del caso y de sus circunstancias, para entender por qué, a pesar de las denuncias de Leonor, no se ha podido proteger a esta mujer y evitar que finalmente fuera asesinada por el agresor al que había denunciado años atrás.  

    El Ararteko se suma al dolor de los hijos, familiares y amistades de Leonor, que deberán recibir a partir de ahora todo el apoyo que las instituciones puedan brindarles, en especial, para tratar de restaurar en lo posible el daño causado en sus vidas por este crimen.  

    Esta institución denuncia públicamente, una vez más, el impacto nefasto que el machismo asesino sigue causando en las vidas de las mujeres, y llama a toda la sociedad vasca y a sus instituciones a comprometerse firmemente en la lucha contra esta lacra estructural y contra la ideología y los valores machistas, como causa última de la violencia que mata. 

    El Ararteko continuará trabajando firme e incansablemente en este rumbo, denunciando al machismo en todas sus expresiones y renovando cada día su compromiso con la defensa de los derechos humanos de las mujeres, niñas y niños, y en favor de la igualdad de mujeres y hombres.

    Vitoria-Gasteiz, 2 de diciembre de 2024

  • 3 de diciembre de 2024 En este día, reafirmamos nuestro compromiso con la construcción de una sociedad más justa e inclusiva, donde todas las personas, en condiciones de igualdad, puedan ejercer plenamente...
  • Esta propuesta del Ararteko tiene su origen en una queja presentada por dos personas extranjeras en régimen de semilibertad, usuarias de los recursos de una entidad del tercer sector, en relación con...
  • El ararteko Manuel Lezertua ha comparecido ante la Comisión de Igualdad, Euskera y Gobernanza de las Juntas Generales de Álava, a petición de los grupos junteros Elkarrekin Araba-Podemos/Ezker Anitza-IU/Berdeak Equo/Alianza Verde y EH Bildu para explicar el funcionamiento de la cita previa.

    COMPARECENCIA

    Vitoria-Gasteiz, 21 de noviembre de 2024

  • Por razones organizativas, las oficinas de atención ciudadana permanecerán cerradas el jueves 21 de noviembre de 2024.
  • Varias personas residentes vacacionales en Plentzia mostraron al Ararteko su disconformidad con algunos aspectos del sistema de estacionamiento regulado.

    Consideran que la normativa introduce una desigualdad de trato entre los residentes empadronados que tienen el vehículo registrado en el municipio de Plentzia y las personas que tienen una segunda vivienda en propiedad en el municipio, pero que no están empadronadas ni tienen censado el vehículo en ese municipio.

    Los reclamantes creen que el Ayuntamiento otorga un trato diferente al residente empadronado y al no empadronado que pasa meses en el municipio coincidiendo con el periodo de implantación de la normativa en cuestión (del 1 de julio al 8 de septiembre). Asimismo, señalan que el consistorio ha dejado a este colectivo sin prácticamente posibilidad de aparcamiento en el centro del municipio, ya que las áreas de estacionamiento se reservan exclusivamente para las personas residentes.

    Por otra parte, aseguran que el aparcamiento situado en el Metro es exclusivo de residentes impidiendo a los vecinos de Gorliz, Barrika y Lemoiz su uso, cuando el servicio de autobuses es escaso y finaliza a las 10 de la noche. Respecto al puerto, manifiestan que han creado cuatro plazas de aparcamiento limitado a dos horas (zona azul), pero consideran que es tiempo insuficiente para aparcar, descargar y salir a la mar.

    Finalmente, también se refieren a una parcela situada en la trasera del Ayuntamiento que, según indican, es propiedad de la Diputación Foral y se ha calificado como exclusiva para residentes.

    Tras solicitar información al Ayuntamiento, éste remitió al Ararteko un informe señalando que no es cierto que las personas visitantes no cuentan con posibilidades de aparcamiento, reiterando que en los meses de época estival se generaban problemas a las personas que residen durante 12 meses en el municipio, a las personas que trabajan en el mismo o aquellas que cuentan con tarjeta de movilidad reducida, e insistiendo en que el principio de igualdad no es aplicable sin tener en cuenta el principio de equidad.

    El Ararteko considera que la finalidad de los regímenes de residentes que se establecen en las regulaciones de los sistemas de estacionamiento limitado es posibilitar que las personas residentes puedan estacionar cerca de su domicilio sin las trabas que imponen dichos sistemas. A pesar de haber trasladado esta consideración en la petición de información, el Ayuntamiento no se ha pronunciado sobre ella. 

    A juicio de esta institución las explicaciones que ha ofrecido el consistorio no justifican la diferencia de trato que se otorga a uno y otro grupo de residentes en función de la finalidad de la medida.

    Por ello, recomienda al Ayuntamiento de Plentzia que revise dicho servicio en lo relativo al diferente tratamiento que otorga a las personas residentes empadronadas y a las vacacionales.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 12 de noviembre de 2024

Vitoria-Gasteiz
Ararteko

Estudio del Ararteko: Videovigilancia por seguridad ciudadana en el ámbito público de Euskadi. Análisis desde la perspectiva de los derechos fundamentales

El Ararteko constata que las administraciones vascas se ajustan, con carácter general, a los requerimientos normativos en materia de videovigilancia por seguridad ciudadana, pero considera que debe mejorar la regulación, gestión interna y transparencia

Este estudio elaborado por el Ararteko pretende contribuir entre las administraciones públicas vascas con competencias en materia de seguridad a la difusión del conocimiento en materia de garantía de derechos, sugiriendo aspectos de mejora que sirvan de base para una adecuada conciliación entre seguridad ciudadana y respeto de los derechos fundamentales. De igual manera, tiene como finalidad que la ciudadanía vasca conozca el modo de ejercer sus derechos y libertades públicas en el contexto de la videovigilancia, de manera que la seguridad ciudadana sea instrumento esencial de la garantía de derechos y libertades de la persona.

En ese contexto, el uso de tecnologías de grabación de imágenes y sonidos con fines de seguridad ciudadana debe efectuarse de acuerdo con el régimen de garantías regulador de la videovigilancia, con el fin de aportar transparencia, confianza en la legitimación y proporcionalidad a la actuación de las policías.

A la institución del Ararteko le corresponde garantizar los derechos de la ciudadanía en materia de protección de datos personales y de la intimidad, tanto más cuando, en el marco de las relaciones con la administración, se producen captaciones de datos mediante tecnologías que pueden resultar particularmente intrusivas, especialmente mediante el uso de dispositivos móviles como drones, báculos y cámaras en uniformes de policía.

Por ese motivo, ha estimado necesario realizar este estudio con el objetivo de analizar el uso de diferentes sistemas de videovigilancia en lugares públicos y el grado de cumplimiento por las administraciones públicas de Euskadi del sistema de garantías establecido en la normativa.

Para su elaboración el Ararteko llevó a cabo una encuesta a administraciones que disponen de policías; esto es, al Departamento de Seguridad de Gobierno Vasco y a 14 ayuntamientos representativos.

Los resultados obtenidos se evalúan a lo largo del estudio, el cual incluye 9 conclusiones y 16 recomendaciones. 

Entre los datos recabados, figura el número de instalaciones fijas y dispositivos móviles reportados por las entidades participantes. Por ejemplo, la Ertzaintza dispone de 2037 cámaras fijas y 134 usos de dispositivos móviles en 2022; la Policía Municipal de Vitoria-Gasteiz, aproximadamente 600; la de Bilbao 265; la de Donostia/San Sebastián 350; y la de Getxo 265.

En las conclusiones, el Ararteko destaca la necesidad de que las administraciones vascas con competencias observen escrupulosamente el principio de proporcionalidad previsto en la normativa de videovigilancia con fines de seguridad ciudadana. Así, esta defensoría propone evaluar, previamente a la petición de autorización de videovigilancia, si la medida puede suponer una injerencia en el derecho a la intimidad.

Señala, también, la necesidad de adoptar disposiciones que colmen la ausencia de regulación de dispositivos móviles tales como cámaras en uniformes policiales, drones o báculos, entre otros, dentro del marco regulatorio que corresponda a las administraciones públicas de Euskadi. Para ello recomienda realizar una descripción de los concretos supuestos de uso y alcance de la captación en tiempo y espacio mediante dispositivos móviles. 

La decisión de utilizar la videovigilancia puede tener su encaje jurídico en la necesidad de salvaguardar la seguridad ciudadana cuando la finalidad perseguida por la administración es la de asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionados con la seguridad pública. 

En otro apartado, el Ararteko recomienda incluir en las solicitudes de autorización de uso de cámaras móviles los plazos de tiempo concretos ajustados al supuesto de peligro concreto. También sugiere, como medida de transparencia activa, que el Gobierno Vasco publique las autorizaciones de utilización de sistemas de videovigilancia tanto fijos como móviles.

Precisamente en materia de publicidad y transparencia, el Ararteko observa que, con carácter general, las administraciones públicas participantes utilizan carteles informativos para advertir sobre la utilización de sistemas fijos de videovigilancia, si bien considera oportuno que, también, se utilicen otros medios para informar sobre la captación de imágenes mediante dispositivos móviles.

Además, señala la importancia de establecer protocolos o instrumentos internos de gestión de grabaciones de videovigilancia, dada la falta de regulación de plazos mínimos de conservación de las grabaciones. La existencia de pautas claras de actuación permitiría asegurar la confidencialidad, trazabilidad e integridad de las grabaciones y, en su caso, la puesta a disposición de terceros legitimados.

En relación con el tratamiento de datos de imágenes, el Ararteko considera positivo que la mayoría de las administraciones participantes refieren la existencia de procedimientos para atender el ejercicio de derechos. No obstante, apunta a la necesidad de concretar el órgano ante el cual poder plantear las solicitudes.

El estudio constata que la mayoría de las administraciones disponen de registros de actividades de tratamiento de datos personales relacionados con la videovigilancia, pero, igualmente, recomienda su revisión periódica y su publicación en los portales de transparencia de cada administración.

Por último, las administraciones públicas colaboradoras con el estudio refieren la aplicación de medidas de seguridad para preservar la confidencialidad de las imágenes de videovigilancia. Se trata de un aspecto positivo que, a juicio del Ararteko, conviene acompañar con la capacitación del personal con atribuciones de gestión y tratamiento de datos personales relacionados con la videovigilancia.

En definitiva, el Ararteko constata que las administraciones vascas se ajustan, con carácter general, a los requerimientos normativos en materia de videovigilancia por seguridad ciudadana. Dicho esto, a la vista de los retos derivados de la evolución tecnológica de los sistemas de captación de imágenes avanza algunos aspectos susceptibles de mejora en los ámbitos de la regulación, de la gestión interna y de la transparencia en el ámbito de la videovigilancia.

ESTUDIO

Vitoria-Gasteiz, 17 de enero de 2024